Derechos societarios y económicos en los Estatutos Sociales. Parte 2

Derechos societarios y económicos en los Estatutos Sociales. Parte 2

Una de las claves para las startups es ganar transparencia para captar inversionistas, clientes, socios, mentores y algún abogado experto en sociedades con las características para atender este tipo de compañías y poder alcanzar los incrementos de capital en un win-win para todos sin que se ponga en jaque a la compañía o hasta los propios emprendedores.

Cuando llega el momento de recibir inversión, se requiere negociar términos y condiciones en relación con el incremento del capital, y para ello tu startup requiere tener una estrategia legal congruente con los derechos que adquirirán tus nuevos socios, producto de la negociación que hagas. Es por ello que daremos continuidad a los derechos societarios que deberás considerar:

Derecho a tener un miembro en el consejo según la legislación mexicana (específicamente si se trata de una SAPI), si un accionista tiene al menos un 10% de la compañía, tiene derecho a un asiento en el consejo de administración de la startup; por lo que, si pretendes otorgarle un 10% de tu capital social al inversionista, este podría exigirte estar presente en un consejo de administración. En ciertas ocasiones, y por tratarse de un inversionista clave, puedes otorgarle un asiento aunque este inversionista no tenga un 10% del capital social. Sin embargo, ten en cuenta los derechos que les otorgas pueden impactar en las rondas subsecuentes de levantamiento de capital.

Normalmente a los emprendedores no les emociona que haya muchos inversionistas en su consejo de administración porque podrían perder el control operativo de la startup. La recomendación inicial es no otorgar asientos en el consejo de administración, salvo que: (i) sea un inversionista que pretenda aportar una cantidad tal que tenga más de un 10% del capital social de la startup, o (ii) que el inversionista surja como un asesor fundamental para el desarrollo de tus operaciones. En todo caso, debes tener mucho cuidado en que no entorpezca las actividades de la empresa, ya que en mucho casos pueden existir un conflicto de interés entre lo que le conviene a la startup y a los accionistas de la misma.

Derecho de dividendos: Es muy raro que en fases iniciales de las startups se otorguen dividendos a los accionistas, generalmente hay pérdidas y se recupera con más inversiones de capital para seguir creciendo lo más pronto posible hasta obtener ganancias. Generalmente se prevé que los inversionistas reciban dividendos cuando estos sean decretados por la asamblea de accionistas de la startup.

Derechos de información: Normalmente se le entrega al inversionista o esta solicita información sobre la compañía, sus operaciones y su desempeño. Entre la información que suele entregarse se encuentran: los estados financieros, notificaciones sobre el estatus de la empresa (es decir si algo va bien o mal con la compañía) o cualquier otro tema que sea relevante.

Otorgar derechos societarios a tus inversionistas es la obligación que tienes por el beneficio de recibir capital, es una gran decisión, sólo se precavido respecto de lo que vas a entregar y cómo le impactará a tu compañía en el futuro. Tomar malas decisiones puede llevarte inclusive a perder el control de tu compañía; evítalo yendo acompañado de un abogado experto en startups, en G2 Consultores somos especialistas y hacemos todo porque concluyas la mejor negociación con tus futuros inversionistas a la hora de levantar capital. ¡Acércate a nosotros y contáctanos!

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